En
Gargoles de Arriba en veinte y quatro dias del mes de nov.re
año de mil, y quinientos y ochenta a.s este dia Miguel
Garcia vecino de la Ciudad de Guadalajara presenté
ante el S.or Bartolome de Fuentes, Pedro Alcalde, y á
Juan de Pedraza, y Fran.co de Azaña Regidores una instrucion
de Su Magestad con un mandamiento del S.or Corregidor de la
Ciudad de Guadalajara, y los susodichos lo obedecieron, y
para en cumplimiento dello nombraron para hacer la dha instrucion
al dho Bartolome de Fuentes y á Martin de Fuentes,
los quales lo obedecieron, y se comenzó en la forma
siguientes.
1. Primeramente declararon que el primer capitulo
que el pueblo se llama Gargoles de Arriba, y q se ha llamado
asi siempre, y que no se ha llamado de otra manera.
2. En el segundo capitulo declararon que este
dho lugar á seido maior de vez.os de treinta vecinos,
y p.r enfermedades se ha gastado algunos, y muerto, y al presente
ay veinte y cinco vecinos, y casas treinta y dos.
3. En el tercero capitulo declararon q p.r
lo q han hohido es antiguo lugar, y otra cosa no saben.
5. En el quinto capitulo declararon queste
lugar cay en el Reyno de Toledo, y q en este capitulo no saben
otra cosa.
8. En el octavo capitulo dixeron quel dho
pueblo es del mui Itt.e S.or D.n Fernando de Silba Alferez
maior de Castilla, y otra cosa no saben en el dho capitulo.
9. En el noveno capitulo declararon queste
lugar cay en la chancillería R.l de Valladolid y ay
desde este pueblo hallá quarenta leguas poco mas, o
menos.
10. En el deceno capitulo declararon queste
lugar es aldea, y la juridicion de la villa Cifuentes, y ay
desde este lugar á la dha villa media legua.
11. En el onceno capitulo declararon queste
lugar cay en el Obispado de la Ciudad de Siguenza, y ay seis
leguas desde este pueblo á la dha Ciudad.
13. En los trece capitulos de la dha instrucion
declararon que el lugar primero de hacia do sale el Sol es
Ruguilla, ay una legua pequeña, es camino un poco torcido,
no se arrodea nada.
14. En el catorce declararon que yendo del
lugar al medio dia es Gargoles de Avajo, ay quarto de legua
de un lugar á otro, camino llano voltoso, y está
á la parte del medio día.
15. En los quince capitulos de la dha instrucion
declararon q p.r donde el sol se pone se llama el primer lugar
Case: ay una legua grande, no es camino dro; digo ponese el
sol p.r el otro lugar sobre la mano dra.
16. En el capitulo diez y seis declararon
quel primer lugar deste hacia el norte es Solanillos: ay una
legua pequeña, es camino dro poco torcido.
17. En los diez y siete capitulos declararon
queste lugar esta en tierra llana, y es enfermo, y frio, ay
un poco de monte en el dho pueblo.
18. En los diez y ocho capitulos declararon
queste lugar no es falto de leña, y se proveen del
monte, y leña vaja, ay poca caza.
20. En los veinte capítulos declararon
que los rios caudalosos q ay acerca de este pueblo se dice
Tajo, pasa p.r Trillo ay una legua tiene pesca, barbos, y
truchas, y Tajuña, pasa p.r Masegoso q ay dos leguas,
y p.r este pueblo pasa un rio pequeño q sale de Cifuentes,
y pasa p.r el dho lugar, tiene truchas que cosecha el S.or
del dho lugar en el dho rio: no saben otra cosa.
21. En los veinte y un capitulos declararon
quel dho pueblo es abundoso de aguas, y ay una laguna que
hizo el S.r del dho lugar para tener tencas: muelen en el,
dho término.
22. En los veinte y dos capitulos declararon
queste pueblo tiene pastos para el sustento de sus ganados,
lo necesario, ni muchos, ni pocos; q no ay bosques, ni pescas
mas de lo contenido en los dos capítulos antes deste.
23. En los veinte y tres capitulos declararon
que es tierra de labranza, Y se coge pan, y vino en ella:
ay pocos ganados en el dho lugar: proveense de sal de la ribera
de Salaices, y esta abundosa.
28. En los veinte y ocho capitulos declararon
queste dho pueblo esta en llano como esta dho, ni alto, ni
vajo, y no tiene cercas.
30. A los treinta capitulos declararon q los
edificios del dho lugar son vajos, los materiales son piedra,
y varro, y madera de encinas, y saces, y olmos, aylos en el
dho lugar.
35. A los treinta y cinco capitulos de la
dha instrucion declararon q se vive de su trabajo, y se viven
bien, y q no ay grangerias en el dho pueblo, y labran como
esta dicho.
36. En los treinta y seis capitulos declararon
q las justicias las pone la villa de Cifuentes cuia jurisdicion
es el dho lugar.
37. En los treinta y siete capitulos de la
dha instrucion declararon q en este lugar ay poco termino.
41. En los quarenta y un capitulos de la instrucion
declararon q demas de las fiestas q la Yglesia manda guardar
se guarden en este pueblo la fiesta del nombre de Jesus con
su vigilia, y S.n Sebastian, y S.n Jorge, y Santa Quiteria
y S.n Roque, y Santa Catalina con sus vigilias; y p.r q se
guardan el principio no lo saben, si no es S.n Roque, q se
prometio p.r peste.
42. En los quarenta y dos capitulos de la
instrucion declararon q en este termino ay un monasterio de
la orden de S.to Domingo de Monjas q la vocacion del dho monasterio
se llama S.n Blas, y otra cosa no saben.
43. En los quarenta y tres capitulos de la
dha instrucion declararon que ay en el dho termino del dho
pueblo un despoblado q se llama Fuentes, y la cansa p.r q
se despoblo dicen q ha muchos dias, y p.r no tener termino
en q vivir, y no saben otra cosa.
En Gargoles de Arriba en veinte y quatro dias
del mes de nov.re año de mil y quinientos y ochenta
a.s los dhos Martin de Fuentes, y Bartolome de Fuentes personas
puestas, y nombradas para declarar los capitulos de la Instrucion
de Su Magestad dixeron que los que van escriptos, y nombrados
han declarado lo que han sabido, y en los demas q se quedan
por hacer mencion de ellos es por no saber ninguna cosa, y
q si lo supieran lo declararan como les es mandado, y p.r
que es verdad todo lo susodicho yo Domingo Lopez vecino del
dho lugar lo firme de mi nombre en el dho dia. Domingo Lopez.
Fuente: Universidad de Castilla La Mancha
|